Convocatoria para la selección de persona interina en la ayudantía municipal de la colonia
CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA INTERINA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL DE LA COLONIA MODESTO RANGEL
BASES, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA QUE FUNGIRÁ COMO TITULAR DE LA AYUDANTÍA INTERINA, EN LA COLONIA MODESTO RANGEL, MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, 2026-2027.
Conforme al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 110, 112, 114, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y en ejercicio de las facultades que establece el artículo 38 fracción XV, así como los artículos 100, 101, 102, 103, 104 y 107 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, se presenta la emisión de las Bases, Convocatoria y Procedimiento para la designación de la persona interina que ejercerá el cargo en la Ayudantía Municipal de la Colonia Modesto Rangel, creada por acuerdo de Cabildo, desde su nombramiento hasta la conclusión de la administración pública 2025-2027, manteniendo el cargo hasta el 31 de marzo de 2028.
BASES
- Desde el inicio de la administración municipal, se realizó un diagnóstico sobre las múltiples necesidades del municipio, atendiendo aquellas que las administraciones anteriores ignoraron.
- El Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos 2025-2027, tiene la responsabilidad de atender las necesidades más apremiantes de la ciudadanía, mediante autoridades auxiliares que ofrezcan cercanía entre la administración y la población, facilitando el acceso a servicios públicos y a la atención de necesidades locales.
- La creación de la Ayudantía Municipal de la colonia Modesto Rangel responde a la participación ciudadana y al compromiso institucional de contribuir al desarrollo social de las comunidades.
- La creación de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, en reconocimiento al General Agrarista, implica un procedimiento que incluye la emisión de la Convocatoria para designar a la persona interina que encabezará dicho cargo, y que deberá concluir con la actual administración municipal. La elección definitiva para la titularidad se llevará a cabo en marzo de 2028, a través de un voto popular, libre, directo y secreto, conforme a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos.
- Para el desarrollo integral de la comunidad, la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel buscará el bien común mediante planes y programas de desarrollo, en concordancia con el plan municipal.
- Con base en el acuerdo IMPEPAC/022/2025, que prioriza las candidaturas para mujeres, se establece que en este proceso de selección de interinas, la designación será exclusivamente para mujeres que se inscriban.
- Los integrantes del Ayuntamiento de Zapata, Morelos, en Cabildo, procederán a la designación de la persona que fungirá como titular interina de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, en todas las etapas del procedimiento.
CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA INTERINA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL, EN LA AYUDANTÍA DE LA COLONIA MODESTO RANGEL, MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS.
PRIMERA. Se convoca a las personas interesadas a participar en la designación de la interina de la Ayudantía Modesto Rangel, que será efectiva hasta el 31 de marzo de 2028. Las interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser morelense por nacimiento o tener residencia efectiva de tres años previo a la fecha de designación, con pleno goce de derechos ciudadanos.
- Tener más de veintiún años cumplidos al día de la designación.
- Saber leer y escribir.
- No ser ministro de algún culto, salvo que se cumplan los requisitos de la ley.
- No ser Consejero Presidente o Consejero Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana.
- No estar en mando de fuerza pública sin haberse separado del cargo noventa días antes de la designación.
- Tener arraigo en la comunidad.
- Tener disponibilidad de tiempo para cumplir con el cargo.
- No haber sido condenado por delito intencional.
- Apegarse al proceso, presentando los documentos solicitados y aceptando las decisiones del Cabildo.
SEGUNDA. Las inscripciones se realizarán en la Secretaría Municipal del Ayuntamiento durante días hábiles, de 8:30 a 15:30 horas, desde la aprobación de estas Bases hasta las 15:30 horas del 15 de abril de 2026.
TERCERA. Las interesadas deberán presentar:
- Copia simple de credencial para votar vigente y original para cotejo.
- Constancia de residencia reciente, expedida gratuitamente por el Ayuntamiento.
- Carta Compromiso de desempeño leal y patriótico en el cargo si resultan electas.
- Carta compromiso donde se manifieste no haber sido condenada por delito intencional.
- Constancia de no ser deudora alimentaria al momento de la inscripción.
- Carta de exposición de motivos para desempeñarse en el cargo.
- Cédula de inscripción y tres fotografías tamaño infantil.
- Un correo electrónico y número telefónico con acceso a WhatsApp para notificaciones.
CUARTA. Las circunstancias imprevistas serán resueltas por acuerdo del Presidente Municipal y se publicarán en los estrados de la Secretaría Municipal y en la página oficial del municipio.
QUINTA. Si no se registra ninguna persona, el Cabildo declarará desierta la inscripción y podrá designar libremente a la autoridad auxiliar interina de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel.
SEXTA. Las decisiones que tome el Cabildo son inapelables y no admiten recurso ordinario.
PROCEDIMIENTO.
- Al finalizar el periodo de inscripción, la Secretaría Municipal integrará los expedientes y calificará los requisitos.
- Si hay irregularidades, se notificará a la candidata y tendrá tres días para solucionarlas; de no hacerlo, su solicitud será considerada no presentada.
- Se emitirá la lista de personas inscritas al proceso.
- El Presidente Municipal convocará a Cabildo, donde se designará a la persona que ocupará el cargo de Ayudante Municipal.
- Se establecerá la fecha y lugar de la Toma de Protesta, que será celebrada a más tardar el 30 de abril de 2026.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Esta convocatoria entra en vigor al ser aprobada por el Cabildo de Emiliano Zapata, Morelos.
SEGUNDO. Se publicará en la Gaceta Municipal y redes sociales para su máxima difusión.
TERCERO. Las autoridades de la administración central y los órganos descentralizados del municipio están obligados a colaborar con estas Bases, Convocatoria y Procedimiento.
“Compromisos que se ven, resultados que se sienten”
A T E N T A M E N T E
AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS
LIC. J. SANTOS TAVAREZ GARCÍA
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL


